No fue asesinato y sí homicidio por omisión. Con las pruebas que tiene hasta el momento, el juez de instrucción del caso Manuela Chavero no ve indicios suficientes, al menos hasta el momento, para elevar la petición que realizará una vez concluya esta fase judicial -prevista para el mes de septiembre- antes de realizar las acusaciones formales y dar paso al juicio oral. Será entonces cuando se formalizarán la petición de las penas para Eugenio Delgado, único acusado la muerte de Manuela Chavero la mujer de 42 años y madre de dos hijos desaparecida en la madrugada del 5 de julio de 2016 en su localidad natal, Monasterio, en Badajoz. El cuerpo apareció enterrado tras 1.534 días de búsqueda el pasado mes de septiembre en una finca de su vecino, que condujo a la Guardia Civil hasta los terrenos ubicados a las afueras del pueblo.
Ni la Fiscalía ni la acusación de la familia de Manuela Chavero están de acuerdo con esta calificación de los hechos al considerar que Eugenio Delgado -de 28 años en la actualidad- la mató con nocturnidad y alevosía, tras un intento de agresión sexual, ocultó posteriormente las pruebas durante más de cuatro años y medio, y trasladó el cuerpo para enterrarlo a la finca La Dehesa, y sólo confesó dónde se encontraban los restos óseos cuando fue detenido por la Guardia Civil.
Sin embargo, el juez instructor considera que en las pruebas recopiladas hasta el momento por la Guardia Civil no se aportan testigos presenciales o de referencia, no se aportan grabaciones audiovisuales y ni siquiera -especifica- “podemos contar con el cuerpo de la fallecida” tras lamentar que la autopsia no habría arrojado “indicios claros y racionales sobre la causa y acción de su muerte”. De forma paralela, establece que el acusado sí pudo golpear a la víctima, produciéndole fracturas óseas y dentales; también que Manuela cayó al suelo sangrando, y que pudo ahogarse sin que Eugenio Delgado hiciera nada por intentar salvar su vida. Estos hechos los califica penalmente como homicidio por omisión pero no como asesinato.
Manuela Chavero.
Hay que recordar que la autopsia realizada al cuerpo de Manuela no fue concluyente en cuanto a la causa de la muerte, según el informe elaborado por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses el pasado 1 de diciembre. En el mismo, se hacía constar que el cuerpo presentaba fracturas en tres costillas, la nariz y faltaban dos dientes incisivos, pero no podía determinar la forma en que murió, si bien por una caída, un golpe contra algún mueble, contra el suelo, o por contusiones, pero sin ninguna especificación clara de qué traumatismo le causó la muerte.
La defensa del acusado ha señalado en todo momento que Manuela Chavero se golpeó de forma accidental al resbalarse y golpearse la cabeza contra el suelo y que su cliente se asustó y decidió enterrar el cuerpo. Mientras, la UCO considera que el móvil del crimen fue motivado por un intento de agresión sexual a la mujer, a la que convenció para salir de su casa, accediera a la del vecino, ubicada unos metros más arriba en la misma calle, e intentara entonces agredirla sexualmente mientras la mujer se resistió y la terminó matando.
Tras conocer el informe del juez, la Fiscalía va a pedir nuevas diligencias de la investigación para continuar con el caso y tratar de desmontar esta versión si finalmente se puede demostrar la premeditación del acusado.
Este pasado 7 de mayo, los agentes de la UCO volvieron -acompañados del acusado- a la vivienda de la calle Cerezo donde falleció Manuela Chavero para intentar reconstruir una vez más los hechos y tratar de encontrar alguna prueba importante que dé un vuelco al caso. La nueva inspección en el lugar de los hechos había sido pedida por la acusación particular ante las contradicciones y falta de pruebas concluyentes en la fase de instrucción del caso.
En declaraciones a EL MUNDO, la abogada de la familia, Verónica Guerrero, respeta la decisión del juez de instrucción, “aunque no la comparto”, que en todo caso, advierte, que el mismo se motiva por la petición de la defensa del acusado de haber pedido la libertad provisional, cuestión que ha sido denegada por el Juzgado de Instrucción de Zafra que lleva el caso.
En cualquier caso, según Guerrero, el juez se limita a “recoger una serie de hipótesis pero sin ninguna certeza, aunque no entiendo los razonamientos que hace”. Para ello, pone como ejemplo la falta de testigos presenciales o de referencia: “Es que si los hubiera habido o bien Manuela no habría muerto o no habría estado más de cuatro años enterrada”, advierte.
De todas formas, la letrada señala que el auto “expone una serie de posibilidades pero no da por ciertas ninguna de ellas” por lo que -advierte- “todo sigue abierto y al menos para nosotros no nos cambia nuestra línea de trabajo, que se basa en la petición de pruebas periciales a los profesionales”. En este sentido, señala que “siempre los restos óseos hablan, aunque el cuerpo haya pasado cuatro años enterrado, pero los peritos antropológicos están especializados precisamente en este tipo de casos”, en referencia a las pruebas que arroja la autopsia. “Está claro que hubiera sido mejor que no hubiera pasado tanto tiempo, pero eso no significa que no se puedan esclarecer los hechos a partir de los restos óseos encontrados”, subraya.
La diferencia de las peticiones para la apertura de juicio oral del caso (si se califica como homicidio imprudente, asesinato o asesinato con agresión sexual) es clave a la hora de establecer las posibles penas de prisión para el acusado. En el primero de los casos, como pide la defensa, se castiga entre 4 y 5 años el homicidio básico (por imprudencia); entre 20 y 25 años si es calificado como asesinato; y prisión permanente revisable si el asesinato tiene además el condicionamiento de agresión sexual. De ahí que haya tanto en juego en esta fase de instrucción antes de llegar al juicio, explican fuentes judiciales.