La defensa de Rodrigo Lanza pide que se anule la sentencia que lo condenó a 20 años de prisión por el asesinato por motivos ideológicos de Víctor Laínez alegando que la magistrada no fue parcial durante el juicio y que el jurado no motivó suficientemente su veredicto.
Así lo ha expuesto el abogado de Lanza, Endika Zulueta, en la vista de su recurso que se ha celebrado este jueves en la Audiencia Provincial de Zaragoza.
De estimar el tribunal los argumentos de la defensa, el juicio del conocido como “crimen de los tirantes” se celebraría por tercera vez, ya que el primero, que tuvo lugar en noviembre de 2019 y en el que Lanza fue condenado a cinco años de prisión por homicidio imprudente al estimar el jurado que no tenía intención de matar, fue anulado por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) por falta de motivación del veredicto tras los recursos de la Fiscalía y las acusaciones.
Zulueta ha presentado hasta siete motivos para pedir la nulidad de la sentencia. “Entendemos que el objeto del veredicto fue mal propuesto, entendemos que tenía que haberse devuelto, entendemos que no está suficientemente motivado, entendemos que parte de la prueba se ha realizado con testigos ocultos sin amparo legal, entendemos que se ha vulnerado el derecho a la última palabra y en último lugar que hay una actuación parcial o ha perdido la imparcialidad la magistrada presidenta”, ha enumerado antes de entrar a abordar con detalle la actuación durante el juicio de la magistrada María José Gil Corredera, a la que ha dedicado gran parte de su exposición.
A juicio de la defensa, la magistrada no actuó con neutralidad ya en el proceso de selección del jurado. “Hubo candidatos candidatas que se les preguntaba ¿usted sabe qué se va a juzgar aquí? Sí. ¿Tiene una idea de esta persona es culpable? Sí”, decía Zulueta, asegurando que la jueza no quiso recusarlos. “Si un jurado te dice que ya no conoce el asunto y que lo quiere declarar culpable antes de comenzar el juicio, la magistrada presidente debe decir usted aquí no debe estar”, añadía.
La defensa ha señalado también que la reacción de la magistrada cuando le pidió que le quitara las esposas a Lanza al inicio de juicio pudo predisponer al jurado. “Y dice la jueza literalmente: “Le voy a quitar las esposas, espero que no pase nada”. Espero que no pase nada, como si se tratara de una fiera. Y se dirige a este letrado ¿qué?, ya ha conseguido lo que quería”.
La víctima, Víctor Laínez.
Y cómo actuó la magistrada ante la polémica actitud de un miembro del jurado, que en la primera sesión interrumpió repetidamente a la defensa con expresiones del tipo “cómo no va a querer matarlo con las patadas que le da en la cabeza” y que la jueza no expulsó hasta el final del juicio.
“Se han abierto telediarios con las intervenciones de la magistrada presidenta diciendo yo no puedo más, no, no, no, con este señor, en referencia a mí, termine hoy, además el jurado tiene que estar cansado, yo, vamos, si pudiera me marchaba…”, decía Zulueta. “¿Ustedes han oído decir a un compañero compañera eso en un juicio?”.
Con todo, el hecho más grave, según la defensa, es que no permitió “materializar el derecho a la ultima palabra” a Rodrigo Lanza, al que, ha dicho Zulueta, interrumpió hasta 12 veces.
Al margen de la magistrada, ha pedido también la nulidad por “falta de motivación del jurado”, como sucedió en el primer juicio, a considerar que los miembros del jurado no argumentaron suficientemente sus respuestas.
La defensa considera que el veredicto está deficitariamente motivado, que el jurado no explica, por ejemplo, por qué aceptó las tesis de unos médicos y no la de otros. Estima además insuficiente que determinaran que concurría dolo eventual, es decir que Lanza era consciente de que podía matar a Laínez, sólo por “considerar brutal agresión” en base a las declaraciones de testigos presenciales.
Zulueta ha esgrimido seis motivos para rebajar la pena para el caso de que no se anule, como que no hubo alevosía, que no se acreditó el dolo de matar y que Lanza no actuó por motivos ideológicos.
Y ha acabado su exposición pidiendo que, en caso de repetirse el juicio, se celebre en otra comunidad autónoma porque la población de Aragón tiene una idea preconcebida sobre el caso.
La Fiscalía, por su parte, ha impugnado este recurso y defendido la imparcialidad del jurado. “Ese comportamiento que usted ha dicho, yo no veo tan clara la relación de causalidad, de que haya afectado al jurado. Porque el jurado podía pensar por ejemplo que esta señora está diciendo cosas que no sé por qué las dice, pero nosotros somos autónomos, independientes y vamos a dictar la resolución que consideremos adecuadas”, ha dicho.
El fiscal ha considerado argumentadas las respuestas del jurado y ha señalado que sus miembros llegaron a la conclusión de que era consciente de las consecuencias que podían tener sus actos en base a las respuestas de los testigos. “Si yo realizo una acción donde es muy probable estadísticamente que fallezca una persona por los golpes que le da, eso es dolo eventual y eso es lo que ha entendido el jurado”.
“La mayoría del tiempo desarrollado ha sido ir en contra de la magistrada presidenta, debilitarla e incluso desacreditarla desde el punto de vista profesional y jurídico”, ha dicho Enrique Trebolle, el abogado que representa a la familia de Laínez al inicio de su intervención, calificando a la jueza de “veterana magistrada, perfectamente profesional, volcada en su trabajo y que no tiene ningún tipo de prevención a ningún caso”.
“Han sido los miembros del jurado los soberanos. En un jurado no decide la magistrada presidenta, deciden los jurados con autonomía”, decía Trebolle.
“El dolo eventual está perfectamente recogido en los hechos probados del objeto del veredicto y en la fundamentación jurídica”, añadía en defensa de la validez de la condena de 20 años de prisión a Lanza.
“En todos estos 25 años que vamos a cumplir de la ley del jurado, he visto pocos veredictos tan fundamentados como el de de este jurado”, señalaba en contra del criterio de la defensa. “Cada pregunta es contestada debidamente, suficientemente, con la fuente de prueba y con el razonamiento y el elemento de convicción”.
El abogado de la acusación popular, que ejerce Vox, siguió la línea de la Fiscalía y la acusación particular e insistió en que se trató de un crimen por motivos ideológicos, que el jurado consideró probado por 8 a 1.