El Pleno del Tribunal Constitucional rechazó este jueves amparar al sindicalista gallego Pablo Fragoso Dacosta condenado por un delito de ultraje a la bandera de España.
El delegado de la Confederación Intersindical Galega (CIG) amenazó con prender fuego a “la puta bandera” durante una protesta laboral frente al cuartel Militar de Ferrol en 2014. Tres años después, el Juzgado de lo Penal 1 de Ferrol lo condenó a pagar una multa siendo este fallo confirmado posteriormente por la Audiencia P
rovincial de La Coruña.
Según informan fuentes jurídicas a
Según informan fuentes jurídicas a
EL MUNDO
, por seis votos frente a cinco el tribunal de garantías mantuvo la condena del gallego al rechazar que los hechos por los que fue juzgado y condenado puedan ser enmarcados en el derecho a la libertad de expresión.
El ponente inicial de la sentencia,
El ponente inicial de la sentencia,
Andrés Ollero
, declinó la misma tras perder la votación y será el magistrado
Antonio Narváez
el encargado de redactar el nuevo fallo con el sentir mayoritario del Pleno. En este caso, la Fiscalía del Constitucional se había mostrado a favor de la concesión del recurso de amparo de Fragoso Dacosta.
Intenso debate
El asunto generó un intenso debate dentro del tribunal de garantías entre quienes estaban a favor de estimar la demanda de amparo y anular la condena, atendiendo a la jurisprudencia de Estrasburgo, y otro sector de magistrados favorables a confirmar la misma.
En el año 2018, el
En el año 2018, el
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
(TEDH)
condenó a España
a indemnizar a dos jóvenes catalanes por quemar fotos del Rey por considerarlos autores de un delito de injurias a la Corona. Según la Corte de Estrasburgo, la
Audiencia Nacional
vulneró el derecho a la libertad de expresión de los dos catalanes reconocido en el artículo 10 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.